Artículo 17 º - inc. d)
Resolución OPC Nº 55 - 2021
La Resolución O.P.C. Nº 55/2021 reglamenta el artículo 17 inciso d) de la Ley Provincial Nº 1015, estableciendo el régimen de convenios marco como herramienta para centralizar y agilizar la adquisición de bienes y servicios estandarizados mediante licitación pública. Define modalidades (cerrado y abierto), fija competencias de la Oficina Provincial de Contrataciones para coordinar procesos y condiciones, y establece que las jurisdicciones deberán contratar a través de estos convenios salvo excepciones justificadas. Regula aspectos como vigencia, garantías, procedimiento para órdenes de compra, redeterminación de precios, mejoras, suspensión y exclusión de productos, buscando garantizar principios de transparencia, eficiencia y economía en la gestión pública.
RES PL Nº 125/2022
La Resolución Plenaria Nº 125/2022 del Tribunal de Cuentas analiza la juridicidad de la Resolución OPC Nº 55/2021, que reglamenta el artículo 17 inciso d) de la Ley Provincial Nº 1015 sobre la modalidad de Convenio Marco. El Tribunal concluye que, si bien la OPC tiene competencia normativa (art. 9 Ley 1015), la reglamentación presenta observaciones: su ámbito de aplicación se limita a la Administración Central, dejando fuera otros entes del Sector Público No Financiero (art. 1 Ley 1015); carece de criterios objetivos para definir convenios abiertos o cerrados; no exige estudios previos de mercado; y excede facultades al intervenir en pagos, competencia exclusiva de la Contaduría General (Ley 495). Además, se advierte falta de previsión para redeterminación de precios en convenios cerrados y ausencia de mecanismos para justificar la elección de proveedores. El Tribunal insta a la OPC a realizar ajustes que garanticen el respeto a los principios de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y razonabilidad, pilares del régimen de contrataciones públicas.